Consultes

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La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, marca en sus artículos 12 y 13 que todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por dicha Ley. Y que se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. También marca los límites a dicho acceso a la información.

Por tanto, cualquier ciudadano puede dirigirse a la Autoridad Portuaria de Barcelona en los términos que marca la Ley para preguntar todo aquello que considere debería conocer sobre su gestión. Dicha solicitud será revisada por los Servicios Jurídicos de la entidad y recibirá la respuesta correspondiente según marca la Ley.

 

Si quiere hacer alguna pregunta, puede usar el Registro de Documentación de la Sede Electrónica haciendo click a continuación.

 

Fletxa Registro electrónico de documentación